Calculadora de IRPF
Calcula la retención del IRPF aplicable a tu salario según tu sueldo bruto y tu situación personal y familiar. Resultado orientativo basado en la escala estatal y autonómica media de 2026.
Datos de tu salario
Situación personal y familiar
Compartir resultado
10,9 %
Tramo marginal: 30,0 %
Retención por paga
233 €
Retención anual
3261 €
Tu sueldo neto estimado
Neto mensual
1771 €
Neto anual
24.789 €
Desglose del cálculo
Nota aclaratoria
Estimación con la escala estatal y una autonómica media de 2026. La retención real puede variar según tu comunidad autónoma, convenio colectivo y situación personal y familiar.
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Preguntas frecuentes
¿Cómo se calcula la retención de IRPF?
La calculadora parte de tu salario bruto anual, descuenta la cotización a la Seguridad Social (6,5 % sobre la base, con una base de cotización limitada a la base máxima mensual) y aplica la reducción por rendimientos del trabajo. Sobre la base liquidable resultante, tras restar el mínimo personal y familiar, aplica la escala de IRPF por tramos progresivos y la deducción por rendimientos del trabajo para obtener la cuota anual y el tipo de retención.
¿Qué tramos de IRPF se utilizan?
Se usa la escala estatal de 2026 con tramos progresivos del 19 %, 24 %, 30 %, 37 %, 45 % y 47 %. El resultado se basa en la escala estatal y una autonómica media, por lo que la retención real puede variar según tu comunidad autónoma, convenio colectivo y situación personal y familiar.
¿Cómo afectan los hijos, el cónyuge o la discapacidad al cálculo?
El mínimo personal y familiar aumenta con la situación: se suman 1.150 € por cónyuge a cargo (casado con uno o dos ingresos), 3.000 € si se tiene discapacidad reconocida del 33 % o más, y una cantidad creciente por cada hijo (2.400 €, 2.700 € y 4.000 € para los sucesivos). Un mayor mínimo reduce la base liquidable y, por tanto, la retención calculada.
¿Por qué los contratos temporales pueden tener una retención mínima?
Para los contratos de tipo temporal la herramienta aplica una retención mínima del 2 % del salario bruto anual, de modo que el tipo de retención de un trabajador temporal nunca queda por debajo de ese porcentaje. Esta es una aproximación; como en el resto del cálculo, la cuota definitiva la determina la Agencia Tributaria.